
A partir del 1 de junio de 2023, entrará en vigor un cambio respecto a las tutorizaciones necesarias para ser instructor del Plan Nacional de RCP de la SEMICYUC. Así, a partir de esa fecha, solo será necesaria una tutorización, que deberá seguir siendo realizada en los DOS AÑOS siguientes a la fecha de celebración del curso de Candidato a Instructor. Una vez realizada e inscrita en el sistema, el candidato podrá solicitar el certificado de Instructor del Plan Nacional de RCP y ejercer como tal en cursos.
Aquellas personas que hayan realizado su curso de Candidato a Instructor en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y 31 de mayo de 2023, respectivamente, podrán beneficiarse también de este cambio. Así, si tienen una tutorización ya certificada por la Secretaría del Plan Nacional de RCP, podrán solicitar su título de instructor desde hoy mismo.
Les recordamos que los títulos de instructor son personales e intransferibles. Los instructores no están adscritos a ninguna empresa, hospital o centro de trabajo y es responsabilidad de cada uno de ellos conocer tanto la Normativa General como la Específica de Cursos del PNRCP, así como las funciones del equipo docente (instructores y directores de cursos).
Les aconsejamos que consulten ambas Normativas (especialmente la Normativa Específica de Cursos 2023), que ya han sido actualizadas en la web con todos los cambios y novedades. En caso de duda, contacte con la Secretaría del PNRCP a través del formulario.
Hemos realizado el copia y pega de nuestro correo de esta nueva normativa que nos ha llegado hoy 10 mayo del 2023. Para muchos alumnos que se encuentran en situación de candidatos a instructor y que no tienen la posibilidad de poderse tutorizar con las dos tutorizaciones exigidas hasta el momento o hasta el 1 de junio del 2023, les minimiza el problema pero siguen con la incertidumbre si se podrán tutorizar. Desde nuestro punto de vista, creemos que este cambia de la normativa no va hacer que los alumnos que sean candidatos a instructor de cualquier modalidad de curso les beneficie en su totalidad. Desgraciadamente seguirán organizando e impartiendo este tipo de curso empresas que no le ofertaran esa tutorización al alumno y en el menor de casos este alumno en tutorización estará desprotegido de su seguro de Responsabilidad Civil y de Accidentes en esa uníca practica.
Quizás lo mas acertado seria imponer una clausula en este tipo de cursos en el cual se le advirtiera al director que hasta que los alumnos en el curso de INSTRUCTOR no se hayan terminado de tutorizar con el propio director del curso o en otra entidad no se le permitiera organizar ni impartir otro curso de INSTRUCTORES.
Imaginamos que esta misma idea la habrá tenido el PNRCP-SEMICYUC ya que ellos son los primeros en la legalidad de todos sus cursos y los que nos llamamos proveedores.
Desde FipsAndalucia aumenten o disminuyan las tutorizaciones nosotros seguimos cumpliendo con nuestros alumnos en las tutorizaciones con una media de dos meses y medio desde que nuestro alumno comienza el curso de Soporte Vital Básico y dea y termina con su fase presencial de ISVB y las dos tutorizaciones.